COMUNICADO POSICIONAMIENTO ASANEC PRESCRIPCIO?N ENFERMERA

RD 954/2015, DE 23 OCTUBRE.


La Asociacio?n Andaluza de Enfermeras Comunitarias (ASANEC) Sociedad Andaluza de Enfermeri?a de Cuidados Cri?ticos (SAECC) y la Asociacio?n de Enfermeras de Hospitales de Andaluci?a (ASENHOA) informan del resultado de la reunio?n mantenida el pasado 22 de Enero de 2016 en la Consejeri?a de Salud (Avda de la Innovacio?n s/n. Edificio Arena 1) con la Direccio?n Gerencia del SAS y la Direccio?n de la Estrategia de Cuidados de Andaluci?a a propo?sito de la publicacio?n del RD 954/2015, de 23 de octubre (BOE num 306, de 23 de diciembre).

A la mencionada reunio?n asistieron los representantes de las tres sociedades y asociaciones anteriormente citadas, el Director Gerente del SAS, la Directora y equipo de la Direccio?n de la Estrategia de Cuidados de Andaluci?a y la Jefa de la Asesori?a Juri?dica del SAS.

A peticio?n de los representantes de ASANEC, SAECC y ASENHOA se revisaron los fundamentos juri?dicos que pudieran condicionar las actuaciones de las enfermeras y enfermeros en Andaluci?a, que pudieran orientar las estrategias de actuacio?n en este peri?odo de transitoriedad para la aplicacio?n de los te?rminos de esta norma y que pudieran justificar la solicitud de derogacio?n de la misma.

En la citada reunio?n por parte de la representante de los servicios juri?dicos del SAS se nos expone con claridad la no repercusio?n en Andaluci?a de la entrada en vigor del RD 954/2015, de 23 de octubre (BOE num 306, de 23 de diciembre) por el que se regula la indicacio?n, uso y autorizacio?n de dispensacio?n de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de las enfermeras y enfermeros en relacio?n a la pra?ctica que veni?an desarrollando amparadas en el Decreto 307/2009 de 21 de julio por el que se define la actuacio?n de las enfermeras y enfermeros en el a?mbito de la prestacio?n farmace?utica del sistema sanitario pu?blico de Andaluci?a.

Asimismo se sen?ala que no hay una preponderancia jera?rquica de ninguna de las normas por encima de la otra en relacio?n al legislador ya que el u?nico factor de diferenciacio?n es la competencia de quien legisla sobre la materia sobre la que legisla. Y en este caso debe sen?alarse que el decreto andaluz tiene juri?dicamente reconocido que no ha invadido ninguna competencia que no tenga reconocida nuestra comunidad auto?noma.

Se realiza mencio?n al comunicado oficial de la Direccio?n Gerencia del Servicio Andaluz de Salud respecto a la actuacio?n de las enfermeras y enfermeros en el a?mbito de la prestacio?n farmace?utica del sistema sanitario pu?blico de Andaluci?a y se reitera que sin ningu?n lugar a duda pueden seguir realizando sus actuaciones especi?ficas en el a?mbito de la prestacio?n farmace?utica de acuerdo con el Decreto autono?mico, sin perjuicio de las adecuaciones que se lleven a cabo en aplicacio?n del RD 954/2015 cuando el mismo sea desarrollado.

Refuerzan la importancia de que Andaluci?a es la u?nica comunidad auto?noma que tiene un decreto propio y anterior que regula la prescripcio?n y que posibilita que el SAS tenga el amparo juri?dico para dar estas instrucciones.

El Decreto andaluz fue avalado por el Consejo Consultivo de Andaluci?a e, inclusive, fue informado positivamente y considerado compatible con el ordenamiento constitucional y estatutario por el Tribunal Superior de Andaluci?a tras ser solicitada su derogacio?n por organizaciones colegiales y sindicales de me?dicos y odonto?logos.

Como aclaracio?n y desde el Gabinete Juri?dico de la Consejeri?a de Salud informan que no hay contradiccio?n entre el Decreto 307/2009, de 21 de julio, de la Consejeri?a de Salud de la Comunidad Auto?noma de Andaluci?a y el RD 954/2015, de 23 de octubre por lo que nuestro Decreto en Andaluci?a seguira? vigente hasta tanto haya que proceder, en caso necesario, a la adaptacio?n a la legislacio?n estatal y a la solicitud y obtencio?n de las autorizaciones y acreditaciones estatales correspondientes.

Desde la Direccio?n Gerencia del SAS se sen?alo? su compromiso con el desarrollo competencial de las enfermeras y enfermeros del sistema sanitario pu?blico andaluz y su adaptacio?n al nivel acade?mico y a las capacidades cli?nicas demostradas.

Tras el intenso debate celebrado y tras tener la oportunidad de analizar las respuestas a nuestras preguntas por parte de los responsables directivos del SAS y de la responsable juri?dica presentes en la reunio?n, desde la Asociacio?n Andaluza de Enfermeras Comunitarias (ASANEC) Sociedad Andaluza de Enfermeri?a de Cuidados Cri?ticos (SAECC) y la Asociacio?n de Enfermeras de Hospitales de Andaluci?a (ASENHOA) queremos comunicar que nuestro posicionamiento defiende

  • Que las enfermeras y enfermeros, por nuestra formacio?n acade?mica y competencias cli?nicas desarrolladas, estamos capacitados para diagnosticar problemas de salud y, como consecuencia de ello, para prescribir intervenciones en el marco de nuestra disciplina, entre las que se encuentra la prescripcio?n de medicacio?n y productos sanitarios para el cuidado.

  • Que para hacer efectiva esa capacidad y competencia defendemos utilizar la legislacio?n vigente en el entorno andaluz en toda su extensio?n, incluido el Decreto 307/2009 de 21 de julio dada cuenta de su vigencia y compatibilidad hoy por hoy con el RD 954/2015.

  • Que siempre entendimos el Decreto 307/2009 en Andaluci?a como una poli?tica de mi?nimos a la que nos vemos obligados entretanto no se produzca el demandado logro del reconocimiento del rol enfermero en materia de prescripcio?n en el a?mbito de nuestras competencias en posicio?n de igualdad con me?dicos, odonto?logos y podo?logos mediante la modificacio?n en la Ley 29/2006 de garanti?as y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios.

  • Que animamos a que las enfermeras y enfermeros andaluces no retrocedamos ni un paso en el desarrollo de la Prescripcio?n Enfermera y que continuemos siendo referencia de progreso en esta materia para enfermeras y enfermeros del resto de Espan?a.

  • Que hasta la fecha hemos avalado con resultados cli?nicos, eficiencia y satisfaccio?n en los ciudadanos el papel prescriptor que el decreto andaluz nos ha posibilitado.

  • Que apoyamos y aplaudimos toda iniciativa para solicitar la derogacio?n del RD 954/2015 en toda su extensio?n e incluida la obligacio?n de formacio?n obligatoria y necesidad de acreditacio?n especi?fica, y solicitamos a la Consejeri?a de Salud de Andaluci?a se persone como parte en este mismo sentido.
  • Que rechazamos cualquier intento de parte por cercenar interesadamente el desempen?o del rol enfermero en materia de prescripcio?n en el a?mbito andaluz regulado por el Decreto 307/2009 que, insistimos, siempre ha sido para nosotros un decreto de mi?nimos y previo a un desarrollo normativo mayor que se refleje adecuadamente en el marco competencial enfermero.

Asociacio?n Andaluza de Enfermeras Comunitarias (ASANEC)

Sociedad Andaluza de Enfermeri?a de Cuidados Cri?ticos (SAECC)

Asociacio?n de Enfermeras de Hospitales de Andaluci?a (ASENHOA).

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