Granada, 16 de Julio 2020

Ilmo. Sr. Don José María:

Como presidenta de la Asociación Andaluza de Enfermería Comunitaria, ASANEC, me dirijo a usted ante la noticia publicada el día 14 de
Julio: “Guía de desarrollo del protocolo de medidas de salud pública ante casos de infección por Covid”, documento por el que le felicito, ya que ante la situación de especial gravedad que estamos viviendo es necesario disponer de herramientas que faciliten la toma de decisiones ante situaciones extraordinarias que se nos presentan, como es el aislamiento en casos confirmados de COVID, la imposibilidad de localización de una persona, así como agrupaciones de casos con repercusión social ante la presencia de un brote.

Desde ASANEC hemos detectado algunos errores en el documento que creemos deben subsanarse. En los apartados de desarrollo del protocolo y ante casos que no se adhieren voluntariamente apreciamos los siguientes errores:

En el desarrollo del protocolo, párrafo 3, dice: “De este documento, en caso necesario, debe acusar recibo el interesado. Para ello, se le hará entrega al caso o casos, en la medida de lo posible, a través de la enfermera gestora de casos.” Y el párrafo 4: “Una vez firmado por la persona interesada, será entregado al responsable del caso de la Red de Vigilancia Epidemiológica, quien lo incorporará al expediente correspondiente. En caso de rehusar a firmar, la enfermera gestora de casos indicará que se ha entregado el documento y que se niega a firmar”.

No se adhieren voluntariamente en los párrafos 2 y 3: “Tras el requerimiento escrito al afectado, en el supuesto de que la persona
afectada rehúse firmar el acuse de recibo, la enfermera gestora de casos indicará que se ha entregado el documento, que se niega a firmar”
. “Si esta comunicación no surtiera efecto, se remitirá a la Delegación Territorial de Salud y Familias correspondiente, con la declaración de la enfermera gestora de casos reflejando la negativa a acatar las directrices”.

Las enfermeras y enfermeros formamos parte de equipos multiprofesionales en condiciones de igualdad, en una situación horizontal de reparto de roles, en las que la enfermera lidera los cuidados de la población, colabora en el diagnóstico y abordaje terapéutico de los pacientes, participando de forma muy activa en esta pandemia en el seguimiento
proactivo de residencias, personas vulnerables en domicilio y casos confirmados COVID, en la realización de los cribados y pruebas diagnosticas en caso de sospecha, detección de contactos, acompañamiento terapéutico en el aislamiento y en los últimos días de vida de las personas.

Lo que no entra dentro de nuestras competencias es la notificación con acuse de recibo de los casos de rechazo al aislamiento y la no adherencia a las medidas prescritas. Esta función la puede realizar primeramente el profesional referente al emitir el diagnóstico mediante un consentimiento expreso basado en la confianza entre el medico y el paciente; si posteriormente durante el
seguimiento se detecta el no cumplimiento o rechazo de las recomendaciones de aislamiento, esta notificación deberá hacerse llegar a la persona, al igual que en otros requerimientos a través de correos u otro tipo de mensajería que confirme la entrega con acuse de recibo, Servicios Sociales y finalmente por las fuerzas del orden, en ningún caso es competencia de los profesionales enfermeras/os , sean gestoras de casos o no, ya que no somos correo ni fedatario público.

Por esta razón, desde esta Asociación de Enfermeras le rogamos encarecidamente y de forma urgente que la Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica, de la Consejería de Salud y Familias corrija estos errores en el documento.

Felisa Gálvez Ramírez
Presidenta Asociación Andaluza de Enfermería Comunitaria (ASANEC)

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